nota publicada en el Diario del Fin del Mundo
REGULA SUS PROPIAS FACULTADES Y LA DE SU MINISTRO EN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Ríos dictó un decreto para mejorar la elección de jueces hasta que se modifique el sistema vigente. La medida es de autolimitación, e instruye al ministro Jefe de Gabinete a realizar preguntas y poner en funcionamiento mecanismos que garanticen la idoneidad de los candidatos y un perfil de magistrados. También abre la participación a la ciudadanía. Es un gesto de la gobernadora mientras se discute una reforma del sistema selección de jueces en tres audiencias públicas. La primera es mañana en Tolhuin.
Los postulantes a jueces de Tierra del Fuego deberán responder preguntas vinculadas con la igualdad de género, derechos sexuales y reproductivos, discriminación y protección de intereses colectivos, entre otros, de acuerdo a un decreto de autolimitación de facultades suscripto en las últimas horas por la gobernadora Fabiana Ríos.
La medida instruye al ministro del Poder Ejecutivo que integra el Consejo Provincial de la Magistratura (en la actualidad el ministro Jefe de Gabinete, Guillermo Aramburu) a consultar a los candidatos a administrar Justicia sobre derechos de minorías sociales, además de instrumentar otra serie de mecanismos que garanticen la idoneidad técnica de los futuros magistrados.
La decisión de la Gobernadora se produce en el contexto de un debate público en la provincia sobre cómo debería reformarse el sistema de selección de jueces, a partir de un proyecto impulsado por el gobierno que será debatido en tres audiencias públicas durante este mes, la primera de ellas a llevarse a cabo mañana en Tolhuin.
Ese proyecto tiene como ejes centrales la instauración de un jurado técnico, la creación de mecanismos que garanticen la transparencia del procedimiento y la incorporación de consejeros ciudadanos como impulsó también el Gobierno Nacional a través de los proyectos de democratización de la Justicia.
Ríos explicó que “hasta tanto se evalúe la mejor alternativa y se modifique el sistema vigente, el gobierno autolimita sus funciones por decreto, para propender desde su ámbito a una selección lo más justa y plural posible”.
También dijo que el decreto invita a adherir a sus términos al Consejo de la Magistratura, como una forma de “brindar un gesto a la ciudadanía” mientras se debate la reforma judicial.
Perfil de juez
El decreto 1967/13 establece en su artículo 6 que “durante el proceso de preselección en el Consejo de la Magistratura, el ministro designado por el Poder Ejecutivo deberá considerar objetivamente la formación, capacidad jurídica, trayectoria pública, independencia de criterio, compromiso con los valores democráticos y con los derechos humanos de los candidatos evaluados”.
En ese contexto, la normativa dispone que el ministro consultará a los postulantes sobre “cuestiones vinculadas con los derechos de minorías sociales, autonomía de las decisiones personales, cuestiones relacionadas con la perspectiva de género, derechos sexuales y reproductivos, formas de discriminación, protección de derechos colectivos y de interés público, acceso a servicios públicos y vivienda digna”.
Ríos ha tenido en sus dos mandatos otros gestos concretos a favor de los derechos de minorías. El 28 de diciembre de 2009 autorizó el primer casamiento del país entre personas del mismo sexo, antes incluso de la vigencia de la ley de matrimonio igualitario.
“El perfil de los nuevos jueces se debe corresponder con las normas y derechos que después tendrán que hacer respetar”, afirmó Ríos.
Publicidad, participación y voto fundado
El decreto también señala en su artículo tercero que el gobierno garantizará “una amplia publicación de los antecedentes, trayectoria y declaración jurada de los candidatos” a través de los medios públicos de comunicación y del boletín oficial.
A su vez, por el artículo cuarto, se convoca a “los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales y las entidades académicas y de derechos humanos” a presentar “posturas fundadas, observaciones y circunstancias que consideren de interés respecto de los postulantes”.
Por su parte, el artículo séptimo establece que “toda decisión que adopte el representante del Poder Ejecutivo durante los procesos de preselección y nombramiento de los funcionarios incluidos en el presente, deberá realizarse mediante procedimientos estrictos y voto fundado, basados en la capacidad profesional y la integridad personal de los candidatos”.
La gobernadora Ríos también se reserva la facultad de poner en funcionamiento estos mecanismos para los casos en que el Poder Ejecutivo debe prestar acuerdo a los candidatos seleccionados por el Consejo de la Magistratura.
Los ejemplos para esta situación son la elección de los miembros del Superior Tribunal de Justicia y del vocal legal del Tribunal de Cuentas, a los que selecciona el Consejo pero designa el gobernador, según establece la Constitución Provincial.


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