Denunciaron a Adriana Rapossi por presunto prevaricato

/ 4 jun 2013 /

Nota publicada en el Diario del Fin del Mundo acá www.eldiariodelfindelmundo.com

Denunciaron por presunto prevaricato a la jueza Civil de Ushuaia Adriana RapossiLa presentación fue realizada por Gustavo Marie, representante legal de la empresa Viasa en un juicio iniciado por el Fondo Residual del BTF. Según el letrado, en esa causa se venció un plazo de inacción y la jueza debió dictar la caducidad de instancia. Pero en cambio la rechazó en contra de lo que dictan las leyes vigentes. La denuncia dio origen a un requerimiento de instrucción y a una causa penal.
Un abogado de la ciudad denunció por el presunto delito de prevaricato a la jueza Civil de Ushuaia María Adriana Rapossi, lo que dio lugar al inicio de una causa penal, confirmaron ayer fuentes judiciales.
La presentación fue realizada por Gustavo Adolfo Marie, y se relaciona con la decisión adoptada por la jueza en un expediente donde ese letrado intervino como representante de la empresa Viasa SAC, en un juicio vinculado con el Fondo Residual del Banco de Tierra del Fuego.
Según el denunciante, Rapossi dictó una medida contraria a las leyes vigentes (en eso consiste el prevaricato) al resolver que el caso del Residual contra la empresa no había caducado, a pesar de haber transcurrido el plazo establecido en las normas procesales.
La denuncia de Marie ante la Fiscalía de turno dio lugar a un requerimiento de instrucción que fue elevado al Juzgado de Instrucción de Segunda Nominación, a cargo del juez Javier De Gamas Soler.
Este trámite implica que según el Ministerio Público, existen indicios como para iniciar una investigación, porque de lo contrario la denuncia habría sido rechazada por inexistencia de delito.
Aún así, la Fiscalía recién efectuó el pedido de una serie de medidas probatorias, y el supuesto ilícito deberá acreditarse o desestimarse de acuerdo al resultado del accionar judicial.


Probar la intención

Marie expone en la denuncia que su cliente fue demandado por el Fondo Residual en la causa Nº 13.880, caratulada “Fondo Residual ley 478 contra Viasa SAC y otros, sobre juicio ordinario”, que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial Nº2 a cargo de la jueza María Adriana Rapossi.
La demanda del Residual persigue el cobro de créditos por 1.327.124,24 dólares más los intereses acumulados desde la fecha de otorgamiento del préstamo, el 28 de abril de 1997.
Según el abogado, en esa causa se verificó una inactividad procesal tanto de la parte actora (el Fondo) como del juzgado, durante un período de tiempo superior a los seis meses, plazo que autoriza a solicitar la caducidad de instancia y el cierre del expediente.
Ante ese planteo, la jueza Rapossi resolvió el 8 de mayo pasado rechazar el pedido de caducidad, “con el argumento de que a pesar de que el plazo se encontraba cumplido, la parte demandada no podía haberlo planteado en razón de que le incumbía a ella la carga procesal de impulsar el proceso”. También sostuvo que la cantidad de cuerpos instruidos en la causa, eran demostrativos del interés del Residual por tramitar el proceso, y que por lo tanto no correspondía hacer lugar a la caducidad.
Marie afirmó en la denuncia que Rapossi sentenció “en absoluta oposición entre lo que se resuelve y lo que la ley señala”, en alusión al artículo 326.1 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia. Y al respecto, agregó que la jueza utilizó argumentos “inadmisibles”, tales como que la parte demandada sea la encargada de impulsar un proceso en su contra.
Por su parte, al analizar la presentación, la Fiscalía sostuvo que existe una “tipicidad objetiva” respecto del presunto delito cometido por la magistrada, ya que se verifica la contradicción entre el plazo señalado por el Código y la resolución que adoptó en el expediente.
Sin embargo, el Ministerio Público advierte que aún no existen elementos para afirmar que Rapossi actuó con la “actividad dolosa” (es decir, intencional) que el delito requiere.
Es que según ese análisis, los jueces también pueden equivocarse, y sería un contrasentido acusarlos del delito de prevaricato cada vez que ello ocurra.
Por eso, lo que debe demostrarse en causas como la que acaba de ser denunciada, es que la magistrada no sólo dictó un fallo contrario a las leyes vigentes, sino que lo hizo conociendo que se estaba apartando del marco normativo vigente.
“Resulta indispensable tener en cuenta el propósito que pudo haber guiado a la jueza en el dictado de la sentencia, y sobre ello nada se ha invocado en la denuncia, ni es posible inferir mala fe de las probanzas incorporadas”, advierte el requerimiento de instrucción, por lo que solicita que la investigación se profundice en ese punto.
La Fiscalía pidió que Marie sea citado a ratificar y ampliar la denuncia, y que el juez ordene extraer copias del expediente vinculado con la investigación.

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