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NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 1°.-APROBAR el "Plan de manejo integrado costero de la ciudad de Ushuaia" el
que seguidamente se acompaña con los Anexos I y II que se adjuntan y que forman parte de
la presente.
ARTÍCULO 2°.- DENOMINAR la presente Ordenanza como "Plan de manejo integrado
costero de la ciudad de Ushuaia". Las disposiciones de este plan alcanzan y rigen en todos
aquello asuntos relacionados directa o indirectamente con el uso del suelo, las aguas, bienes
muebles e inmuebles, mejoras, objetos, redes e instalaciones, presentes y futuras, y todos
aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento territorial para el saneamiento y
desarrollo sustentable de la costa de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 3°.- El presente plan tiene por objeto establecer el ordenamiento territorial para el
saneamiento, desarrollo y uso sustentable de la costa de la ciudad de Ushuaia mediante
etapas de implementación graduales. Las disposiciones que se sancionan a través de la
presente serán de aplicación obligatoria y operativa, tanto para la Administración en sentido
amplio, como para los particulares, constituyendo un marco normativo básico
NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 1°.-APROBAR el "Plan de manejo integrado costero de la ciudad de Ushuaia" el
que seguidamente se acompaña con los Anexos I y II que se adjuntan y que forman parte de
la presente.
ARTÍCULO 2°.- DENOMINAR la presente Ordenanza como "Plan de manejo integrado
costero de la ciudad de Ushuaia". Las disposiciones de este plan alcanzan y rigen en todos
aquello asuntos relacionados directa o indirectamente con el uso del suelo, las aguas, bienes
muebles e inmuebles, mejoras, objetos, redes e instalaciones, presentes y futuras, y todos
aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento territorial para el saneamiento y
desarrollo sustentable de la costa de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 3°.- El presente plan tiene por objeto establecer el ordenamiento territorial para el
saneamiento, desarrollo y uso sustentable de la costa de la ciudad de Ushuaia mediante
etapas de implementación graduales. Las disposiciones que se sancionan a través de la
presente serán de aplicación obligatoria y operativa, tanto para la Administración en sentido
amplio, como para los particulares, constituyendo un marco normativo básico


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